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Si
alguna vez has jugado al Cluedo o has visto películas como
Puñales por la Espalda, sabrás que hay un tema central en
películas, series y juegos que provoca que se rompan lazos entre
familias. Y ese tema central, por supuesto, es una herencia. Y
es que a veces, cuando un familiar se muere sin herederos o sin un
testamento claro, pueden comenzar las rencillas entre parientes, ya
que muchos, aunque digan estar tremendamente tristes por lo ocurrido,
quieren sacar tajada de la muerte de este familiar. Porque
aunque parezca un argumento para una película o para una serie, a
veces la realidad supera la ficción y vemos peleas entre familiares a raíz de una muerte que hacen que se nos pongan los pelos de punta. Por
eso mismo, los expertos instan a todos a que se haga testamento en vida y se reparta la herencia para que, luego, cuando llegue la
muerte, tengan a que atenerse. Ahora bien, ¿cómo se hace un buen
testamento? ¿Cómo sé quién tiene derecho a mi herencia y quién
no? Son
dudas a las que nos responde María Teresa Barea, portavoz del
Consejo General del Notariado y notaria, en 'La Tarde'. Muchas
veces, encontramos historias de personas que han fallecido sin dejar
un testamento o una herencia clara, provocando que se den peleas
entre familiares que a veces, incluso, llegan a los tribunales. Por
eso mismo, es fundamental hacer un testamento, pero como es algo que
no se hace todos los días, hay que hacerlo con asesoramiento. Así
se evitan muchos problemas, como decía en COPE María Teresa Barea. “Ahorra
o evita a los familiares, a los seres cercanos de la persona que ha
fallecido, una serie de trámites documentales que pueden extenderse
en el tiempo y que pueden ser hasta cierto punto engorrosos y
costosos, como es, por ejemplo, hacer el acta de declaración de
herederos” comenzaba explicando.
“La
segunda ventaja y más importante es una ventaja sustantiva y es que
al acudir al notario a hacer testamento, la persona va a conseguir
adecuar su sucesión a lo que son sus necesidades, sus intereses, sus
deseos o las necesidades que ve en su familia. Estamos asegurándonos
con el control de legalidad del notario y con su asesoramiento
imparcial que todo eso respeta la ley y que no va a dar problemas”
aclaraba.
Por
supuesto, es un trámite que no es gratis, pero no tiene un gran
coste, precisamente, para que todos puedan permitírselo. Entre 40 y
60 euros es lo que te puede costar hacer un testamento.
“El
testamento no es un inventario de nuestros bienes. En el supuesto más
básico y más frecuente, podemos decir "yo le dejo a mi cónyuge
el usufructo de mi herencia". Así garantizo que tiene el uso de
la vivienda y que tiene el control del patrimonio mientras vive. Y
para cuando los dos faltemos, dejo como herederos a mis dos hijos por
partes iguales y no estoy especificando bienes, es lo que yo deje,
sea lo que sea, será para mis hijos por partes iguales”. Luego, si
hay personas que sí desean hacer un reparto concreto, pues en esos
casos sí que se hace un reparto concreto” matizaba.
Como
explicaba la notaria, es importante tener en cuenta que el testamento
se puede revocar cuantas veces se quiera y modificar. Siendo, por
supuesto, el último, el válido cuando llegue el momento de la
muerte. Eso
sí, cuidado con las peleas, porque uno tiende a pensar que, si ha
tenido un problema con alguien que sea un familiar cercano, puede
desheredarle. Sin embargo, eso no es así necesariamente.
“En
nuestro derecho común y también en varios derechos forales, en la
mayoría existe ese concepto de legítima que es una parte de la
herencia que la ley reserva necesariamente a determinados parientes,
como son los descendientes, en defecto de descendientes los
ascendientes, y también en el caso del derecho común al cónyuge en
usufructo” comenzaba contando esta notaria.
“No
es posible desheredar a un heredero legitimario simplemente porque
queramos, porque sea nuestra voluntad o nuestro deseo desheredarlo.
Tiene que concurrir alguna de las causas específicas de
desheredación que establece el Código Civil, que son unas causas
tasadas y que responden a supuestos o circunstancias poco frecuentes
y relativamente graves, como alguna situación de maltrato, de
injuria, de abandono, de negación de alimentos, etcétera” decía.
Eso
sí, decía, hay muchas sentencias del Tribuenal Supremo que han
“flexibilizado” la interpretación de los supuestos, por los que
a veces la justicia puede darte la razón. “Esto es también algo
que hay que contarle al notario y el notario, una vez oídas las
circunstancias determinará si es viable o no esa desheredación”
sentenciaba.
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